Pirates de Catalunya ha tenido acceso a un borrador de Real Decreto Ley por el cual se adoptan medidas urgentes en materia de propiedad intelectual. En otros términos, una reforma exprés de la Ley de Propiedad Intelectual, a escondidas, con alevosía y nocturnidad. Y no es para menos, ya que el texto presenta diferentes puntos que causan desconfianza.
Les adjuntamos el análisis de esta futura ley, realizado por diversos abogados de prestigio en asuntos de Propiedad Intelectual.
Tras una acción judicial dirigida por Josep Jover (candidato de Pirates de Catalunya el próximo 25N) en la que se declaró abusivo el canon digital, el Gobierno de España se ha visto obligado a efectuar una serie de modificaciones cosméticas a la ley actual, declarada ilegal por la justicia europea.
Aparecen cambios en el canon, que pasará a cobrarse de una partida presupuestaria, junto con la mayor dificultad que tendrán los autores para autogestionarse, sin olvidar otros retoques que disimulan el aumento de poder las entidades de gestión.
Es importante señalar que si el canon digital era abusivo (tal y como lo ha entendido la Justicia europea), este nuevo mecanismo lo es todavía más. Porque en vez de gravar dispositivos electrónicos, lo que se hace ahora es pagar a las entidades de gestión -como la SGAE- directamente con nuestros impuestos, a través de los Presupuestos Generales del Estado. Es decir, ahora pagaremos a estas entidades todos los habitantes de España, sin ningún tipo de diferenciación entre usuarios. Los impuestos de toda la ciudadanía estarán destinados a sufragar las actividades de esas entidades. Si el canon era indiscriminado, este sistema todavía es peor.
A pesar de la gravedad de pagar a la SGAE directamente de las arcas del Estado, el Real Decreto indica criterios de valoración muy ambiguos para el cálculo del nuevo “canon con otro nombre”. Como ejemplo, el “perjuicio efectivamente causado a los titulares”, criterio de complejo cálculo y que tampoco se detalla en el mismo. Lo que convierte en todavía más sangrante este asalto a las arcas públicas en tiempos de crisis.El Real Decreto también dificultará que los autores autogestionen sus derechos, ya que se otorga a las entidades de gestión la exclusividad de hacer efectiva “la compensación equitativa y única”. Todo ello cuando la autogestión, en estos tiempos de desarrollo de nuevas tecnologías, puede resultar más eficiente y más respetuosa con los usuarios que la gestión -hasta ahora nefasta- realizada por entidades como la SGAE.
Además, el texto da respuesta a la previsible avalancha de demandas solicitando la devolución de un canon que, según las altas instancias europeas, era injusto y desproporcionado. Estas demandas, a día de hoy, podrían obtener respuesta positiva por parte de los jueces. Ello sin duda afectaría a las arcas de esas entidades de gestión que cobraron el canon sin tener derecho a ello (por ejemplo, a través de dispositivos usados con fines privados), y que se verían obligadas a pagar indemnizaciones sustanciosas. Diversos municipios y empresas han solicitado ya dicha devolución, entre ellas CaixaBank (la Caixa).
Para evitar que dichas acciones judiciales se lleven a cabo, el Gobierno cierra la puerta de la Justicia de forma tajante: la Disposición Transitoria Primera establece que cualquier pago de canon -justificado o no- realizado antes de 2012 no tendrá derecho a devolución alguna. Es decir, que las entidades de gestión se quedarán con las cantidades indebidamente cobradas y la ciudadanía no tendrá derecho a reclamar nada en los Tribunales.
El documento abre también una grave inseguridad jurídica introduciendo el artículo 158 bis, el cual obliga a las páginas de enlaces a indicar claramente de dónde sacan el derecho a enlazar a las obras. Para entendernos, la página debe colgar los permisos de que dispongan sobre cualquier contenido enlazado, incluso fotografías. Esto significaría que empresas como Google, con su buscador de imágenes, tuviesen que adjuntar a cada resultado los permisos correspondiente, solicitados a cada autor. Cosa que puede convertirse en un grave engorro administrativo incluso para compañías debidamente legitimadas. Las notificaciones relacionadas con el punto anterior se anunciarán en un futuro tablón electrónico, que deberá ser consultado por las empresas, en lugar de usarse los canales de comunicación habituales. Esto significa que las empresas deberán ser las que verifiquen cada día si han recibido o no una notificación, ya que en caso contrario se las tendrá por notificadas. Además, según la Disposición Transitoria Segunda, mientras el tablón electrónico no esté activo (lo cual puede alargarse tanto tiempo como la Administración quiera), dichas notificaciones se realizarán por edictos, anunciándose físicamente en algún tablón en Madrid. Cosa que, por supuesto, prácticamente imposibilita que una empresa pueda saber si tiene o no alguna notificación que afecte a sus intereses.
Finalmente, tras años de lucha por parte del movimiento pirata en todo el mundo, el Real Decreto da a entender que el intercambio por comunicación pública queda amparado dentro del derecho a copia privada, hecho que sería digno de celebrar si no fuese por los puntos mencionados más arriba.
Desde Pirates de Catalunya queremos denunciar que este Real Decreto viene a empeorar la situación actual, no sólo por la falta de transparencia, sino por la ausencia de diálogo entre las diferentes partes implicadas; y lamentamos que se siga otorgando a entidades como la SGAE, quienes ya han demostrado no ser capaces de gestionar de forma eficaz los derechos e intereses de creadores y consumidores, el monopolio de gestión del nuevo derecho que sustituirá al canon.
Pirates de Catalunya – PIRATA.CAT
Pirates de Catalunya | Eleccions catalanes 25N Facebook:
Partit Pirata | Facebook Twitter: @partit_pirata
Fuente y resumen de esta lectura:
importuna Putada: Real Decreto Ley de Propiedad Intelectual (Borrador)